Auto Supremo AS/0239/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2007

Fecha: 07-Mar-2007

Que esta posesión del terreno, les fue trasmitida por Miguel Taguada Egüez el 2 de


Que, en la vía agraria Gumersindo Bazan Rodríguez demando la acción reivindicatoria contra Eustaquio Lamas García, la que el 10 de marzo de 2005 fue declarada probada, ordenando el desalojo de Eustaquio Lamas García; resolución que habiendo sido recurrido de casación ante el Tribunal Agrario Nacional, éste lo declaró improcedente, adquiriendo dicha Sentencia Agraria Nº 001/2005 de 10 de marzo de 2005, autoridad con valor de cosa juzgada.

Que esta posesión del terreno, les fue trasmitida por Miguel Taguada Egüez el 2 de marzo de 1996, momento desde el cual habitan el mismo, desarrollando trabajos de agricultura; y el año 2000, ingresó a dicha propiedad Eustaquio Lamas García, interponiendo acciones penales en contra de sus personas, y previo tramite se dictó la sentencia condenatoria Nº. 02/2004 de 18 de mayo de 2004 con pena privativa de libertad de tres años y dos meses, que vienen cumpliendo desde el 20 de octubre de 2005 hasta la fecha, en la carceleta de la ciudad de Montero, por delitos que no han cometido, que tampoco fueron autores o participes de los ilícitos penales acusados, porque poseen dicho terreno desde marzo de 1996