Que, en lo concerniente a los delitos de asociación delictuosa y confabulación existe prueba semiplena
Que, en lo concerniente a los delitos de asociación delictuosa y confabulación existe prueba semiplena en contra de los procesados, por cuanto toda la prueba acumulada tanto en las diligencias de policía judicial y el plenario de la causa se tiene demostrado que existe duda razonable de que se organizaron en grupo y no confabularon previamente para cometer el delito de tráfico, consiguientemente corresponde absolverlos de culpa y pena
- Tráfico de sustancias controladas y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Sucre, 12 de marzo de 2007
- CONSIDERANDO: Que, los Jueces de Partido Primero de Sustancias Controladas de la ciudad de La
- Que, el Tribunal A-quo en base al Auto de Apertura de Procesamiento, en forma oral,
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del expediente se tiene demostrado que, además de la confesión
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- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Dr. Bernardo Bernal Callapa
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
