POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de los Arts. 59 numeral 1) de la Ley de Organización judicial, segunda parte del Art. 417 y primera parte del Art. 418 de la Ley Nº 1970, declara ADMISIBLES los recursos de casación planteados por Roberto Valenzuela Miranda y Teresinha Gobato Cervigni, y por Kurth Roland Hoffmann Barrientos, fs. 1418 a 1423 vuelta y fs. 1476 a 1482 vuelta, respectivamente, y conforme la segunda parte del artículo 418 del mismo Código adjetivo penal, se dispone que se haga conocer mediante secretaría a las Salas Penales de las Cortes Superiores de Justicia del país el Auto de Vista de fs. 1408 a 1414 vuelta y el Auto Supremo de la fecha, para fines que sea observado
- PARTES : Ministerio Público y otros c/ Kurth Roland Hoffmann Barrientos
- Violación niño, niña adolescente
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 2 de la Capital del Distrito Judicial de
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso de casación planteado por Roberto Valenzuela Miranda y Teresinha Gobato,
- Por su parte, el recurrente imputado Kurth Roland Hoffmann Barrientos, sostiene como argumentos del recurso
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
