Auto Supremo AS/0237/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2007

Fecha: 24-Abr-2007

Que el Tribunal Ad quem, al haber revocado parcialmente la resolución apelada y dispuesto que


Que el Tribunal Ad quem, al haber revocado parcialmente la resolución apelada y dispuesto que la entidad gestora proceda a otorgar la prestación solicitada en beneficio del actor a partir del mes de diciembre de 2003, obró correctamente toda vez que no puede dejarse en desamparo para la percepción de la renta de vejez con reducción de edad hasta el mes de junio de 2005, sino que corresponde su otorgamiento a partir de la presentación de toda la documentación requerida (fs. 80), en cumplimiento del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición de la Unidad de Recaudación aprobado por Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997