CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso, se tiene:
a).- Que, por disposición de los art. 162 de la C.P.E y 4º de la L.G.T., los derechos de los trabajadores son irrenunciables, marco constitucional y legal que legitima la pretensión del actor, de buscar la tutela efectiva de los derechos que demanda y que le fueron reconocidos en el auto de vista recurrido, entre ellos, el desahucio, indemnización, vacaciones y aguinaldo, aplicando los arts. 16 de la C.P.E., 13 de la L.G.T., considerando arbitraria su destitución, sin un previo proceso interno previsto en el Reglamento Interno de Personal de la entidad demandada, que justifique el despido intempestivo del trabajador sin derecho a los beneficios sociales correspondientes por supuesta infracción del art. 16 inc. e) de la L.G.T. y 9º incs. e) y g) del D.R., por una parte y, por otra, negando el pago de horas extras y primas en función de los arts. 46 segunda parte de la L.G.T. y 48, 49 y 50 del D.S. de 23 de agosto de 1943 y Ley de 11 de junio de 1947, respectivamente, de donde queda claro que, son estas las disposiciones legales aplicadas por el Tribunal ad quem y cuya infracción no se acusa en el recurso
- PARTES: Wilson Castillo Carvalho c/ la Mutual La Paz, Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación deducida por la apoderada del demandante, por auto de vista Nº
- Que, contra el mencionado auto de vista la Mutual La Paz, interpone recurso de casación
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- b)
- c)
- Consiguientemente corresponde resolver el recurso en la forma prevista en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
