Que, contra el mencionado auto de vista la Mutual La Paz, interpone recurso de casación
Que, contra el mencionado auto de vista la Mutual La Paz, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 365-369), acusando la violación del art. 16 inc. e) de la L.G.T. y 9º incs. e) y g) de su D.R. y la interpretación errónea de los arts. 150 y 151 del Cód. Proc. Trab., solicita que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dicte Auto Supremo casando en parte el auto de vista recurrido y, deliberando en el fondo, "confirme la sentencia de primera instancia en todas sus partes", presentando e individualizando en el otrosí 1º del memorial de recurso "prueba de error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas", conforme se expone en lo principal en el orden en que fueron referidas y que cursan a fs. 115-117, 118-120, 126-127 y 128-157 de obrados
- PARTES: Wilson Castillo Carvalho c/ la Mutual La Paz, Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación deducida por la apoderada del demandante, por auto de vista Nº
- Que, contra el mencionado auto de vista la Mutual La Paz, interpone recurso de casación
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- b)
- c)
- Consiguientemente corresponde resolver el recurso en la forma prevista en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
