Auto Supremo AS/0769/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0769/2007

Fecha: 12-Abr-2007

Este fallo motivó dos Recursos de Casación, cursante el primero a Fs


En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 010/2005 de fecha 29 de abril de 2005, cursante a Fs. 212-214, fue confirmada la Sentencia apelada, sin costas por la doble apelación.

Este fallo motivó dos Recursos de Casación, cursante el primero a Fs. 224-227 y el segundo a Fs. 232-233, señalando el primero: I).- Recurre de Casación en el fondo, contra el Auto de Vista Nº 010/2005, a fin de que el Tribunal Supremo case el auto recurrido, de conformidad con lo previsto en el Art. 274 del Código de Procedimiento Civil, en base a los fundamentos de orden legal que expone por violación, interpretación errónea, aplicación indebida de la Ley y error de hecho y derecho en la apreciación de las pruebas perpetradas en el Tribunal de Segunda Instancia, acusando la infracción del Art. 16 de la Constitución Política del Estado, Arts. 22, 27, 28, 135, 168, 169 y 170, del Código Tributario, Arts. 409 y 410, del Código de Comercio y Arts. 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil; empero el recurrente, solamente se limita a transcribir partes del Auto de Vista, olvidándose que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el Recurso de Casación, es una nueva demanda de puro derecho, la misma que debe contener los requisitos esenciales enumerados en el Art. 258, numeral 2), del Código de Procedimiento Civil, específicamente debió fundamentar su recurso, toda vez que se advierte que no citó ninguna disposición legal infringida, no precisa de qué manera se hubiera incurrido en violación, aplicación indebida o interpretación errónea de la Ley, menos alega ni demuestra error alguno de hecho y de derecho en que se hubiera incurrido a tiempo de apreciar los documentos aparejados al expediente, simplemente como si se tratara de un memorial de conclusiones y recordatorios, realiza una narración intrascendente de escaso contenido jurídico, sin especificar las causales de casación