CONSIDERANDO: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del
DISTRITO: La Paz
PARTES: Hector Valdez Ramos c/ SENASIR
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de Fs. 103-101, interpuesto por Walter Castillo Guerra, Director General y Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el auto de vista Nº 048/2006 SSA-II de 24 de febrero de 2006, cursante a Fs. 99, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dentro del proceso administrativo de reclamación, seguido por María Paz Carvajal Vda. de Valdez contra la entidad que representa el recurrente, el dictamen fiscal de Fs. 115, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto, emitió la resolución Nº 474.04 de 19 de octubre de 2004, cursante a Fs. 90-88, que resuelve confirmar la resolución Nº 10461 de 4 de diciembre de 2003 de la Comisión de Calificación de Rentas de Fs. 78-77, en aplicación de los Arts. 8º de la Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087/97 de 21 de julio de 1997 y 5º de la R.M. Nº 1361 de 4 de diciembre de 1997
- AUTO SUPREMO Nº 255 - Administrativo Sucre, 03 de mayo de 2007
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del
- En grado de apelación deducida por los herederos de la reclamante a Fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de Fs
- CONSIDERANDO: Que, de los antecedentes procesales se tiene lo siguiente
- Luego, se evidencia a Fs
- CONSIDERANDO: Ahora bien, en consideración a los fundamentos del recurso, resolviendo el fondo de la
- A este efecto, de la revisión minuciosa del cuaderno de autos, se tiene que la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 03 de mayo de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
