Auto Supremo AS/0255/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2007

Fecha: 03-May-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


Por lo relacionado, lo resuelto en el auto de vista por el Tribunal Ad quem, es correcto y legal, por lo que no son evidentes las infracciones acusadas en el recurso, correspondiendo su resolución en la forma prevista por los Arts. 271 inc. 2) y 273 del adjetivo civil indicado, con la permisión contenida en el Art. 252 del Cód. Proc. Trab.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el Art. 60 atribución 1º de la Ley de Organización Judicial, de acuerdo con el dictamen del Fiscal General de la República de Fs. 115, declara INFUNDADO recurso de casación en el fondo de Fs. 103-101. Sin costas, en aplicación del Art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990