Auto Supremo AS/0270/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2007

Fecha: 04-May-2007

CONSIDERANDO II: Que el aludido recurso, planteado en el fondo, efectúa una minuciosa relación de


Auto de vista revocatorio que dispone la rehabilitación de las rentas complementaria y básica de vejez, conforme a ley; del que se interpone el presente recurso de casación de Fs. 123-125, que se pasa a examinar.

CONSIDERANDO II: Que el aludido recurso, planteado en el fondo, efectúa una minuciosa relación de los antecedentes de la gestión administrativa procesada sobre reconocimiento de renta única, básica y complementaria, de vejez, suspendida transitoriamente y, posteriormente, con carácter definitivo por la Comisión Calificadora de Rentas en base al Reporte del Sistema Informático AVCs de Fs. 81 al haberse establecido que la fecha de nacimiento del asegurado, es el 11 de mayo de 1950 y no de 1943; ya que el testimonio judicial de Fs. 66-67, simplemente demuestra que el señor Favio García Uyuli modificó su fecha de nacimiento de 1950 a 1943, con el deliberado propósito de beneficiarse con la prestación, "a sabiendas" de no contar con la edad suficiente requerida por ley