Auto Supremo AS/0583/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0583/2007

Fecha: 28-May-2007

CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, ingresando a su revisión en relación a los antecedentes


CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, ingresando a su revisión en relación a los antecedentes del proceso, se concluye:

1.- El auto de vista recurrido, revoca en parte la resolución Nº 0369.04 de 9 de agosto de 2004 (fs. 155), fundamentando que tanto de la revisión de obrados como del recurso interpuesto, se estableció que no se ha demostrado fehacientemente que la derecho-habiente, ahora recurrente, estuviese divorciada de su causante Hugo Terán Tardío, pues, la determinación de suspender definitivamente la renta de viudedad otorgada en su favor, se sustenta únicamente en una fotocopia simple remitida presuntamente por la jefatura de control jurídico de la Dirección Departamental del Registro Civil, Sala Murillo, dependiente de la Corte Departamental Electoral de La Paz, constando por el contrario en obrados, tanto el certificado de matrimonio vigente de la recurrente y otros documentos que constan que ella estuvo conviviendo con su causante y que, incluso, la presunta cancelación del referido matrimonio, no pudo efectivizarse por la inexistencia del Juzgado Sexto de Partido de Familia en esa oportunidad