CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 79-80, interpuesto por Grover Vargas Lazcano y Sandra Mireya Leaño Tórrez, en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, contra el auto de vista No. 333/2005 de 3 de noviembre de 2005 (fs. 75-76), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; dentro el trámite de Reclamación sobre Renta de Vejez, seguido por Antonio Camacho Bilbao contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 86-95, el dictamen fiscal de fs. 100-101, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs. 47-48, la Comisión de Reclamación de la Dirección de Pensiones, emitió la resolución No. 145.05 de 4 de mayo de 2005 (fs. 53-55) confirmando el auto No. 001499 de 3 de febrero de 2004, dictado por la Comisión de Calificación de Rentas que dispone la desestimación de la renta única de Vejez como del Pago Global, por no contar con los requisitos establecidos
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación, a instancia del actor de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente
- En efecto, cursa en obrados los certificados: de nacimiento de fs
- 3) En consecuencia, al haber dictado la Comisión de Calificación de Rentas el auto No
- 4) En la especie, el recurso de casación en el fondo, no justifica en qué
- Sobre el particular y de la revisión de obrados, se colige que lo denunciado en
- CONSIDERANDO III: Que, así analizados los antecedentes del proceso, se concluye que el auto de
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
