Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0371/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0371/2007

    Fecha: 06-Jun-2007

    Acusando la violación de los Art


    Acusando la violación de los Art. 38 de La Ley General del Trabajo, 33 de su Reglamento y 2º de la R.M. de 19 de mayo de 1954, refiere que el derecho reconocido en instancias por vacaciones, infringe esas normas, en cuanto se le reconocieron anualmente las mismas a la actora, además de permisos frecuentes para visitas familiares y concurrencia a fiestas. Habiéndose cumplido, de otra parte, siempre con el pago de aguinaldo al que se sumaban regalos, sin obligación legal para ello
    • AUTO SUPREMO Nº 371 - Social Sucre, 06 de junio de 2007
    • CONSIDERANDO II: Que el recurso de Fs
    • Con relación a la violación del Art
    • En lo atinente a la violación acusada de los Art
    • Acusando la violación de los Art
    • Concluye formalizando el recurso en examen y pidiendo del Tribunal la casación del auto de
    • CONSIDERANDO III: Que el examen y conocimiento del recurso y de los antecedentes del proceso,
    • El primer documento, testimonio expedido por Notaría de Fe Pública de Santa Cruz, de la
    • La certificación de Fs
    • No puede pretenderse del A quo la presunción del Art
    • Careciendo, por lo demás de consistencia jurídica y legal el cúmulo de infracciones y violaciones
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dr. Jaime Ampuero García
    • Sucre, 06 de junio de 2007
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca