Auto Supremo AS/0607/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0607/2007

Fecha: 22-Jun-2007

CONSIDERANDO II: Que, verificando si lo denunciado en el recurso es evidente o no, se


CONSIDERANDO II: Que, verificando si lo denunciado en el recurso es evidente o no, se tiene:

1) El recurso no tiene sustento en ninguna causal del art. 253 del Cód. Pdto. Civil ni demuestra de manera clara, concreta y precisa en qué forma fueron infringidas, interpretadas y aplicadas errónea e indebidamente las normas citadas en el recurso, omitiendo entonces precisar cuál es la infracción, que además no puede existir vulneración a una norma no aplicada en el fallo; luego el recurrente tampoco acreditó el error de derecho o error de hecho, en que supuestamente habría incurrido el tribunal de apelación en la apreciación y valoración de las pruebas, como impone la última parte del art. 253 inc. 3) del Cód. Pdto. Civil; al contrario, los tribunales de instancia, acertadamente han arribado a la libre valoración de las pruebas en función al art. 158 del Cód. Proc. Trab., para concluir en la forma resuelta