Auto Supremo AS/0609/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0609/2007

Fecha: 22-Jun-2007

Consiguientemente, al haberse concedido indebidamente el recurso de casación contra la resolución de segunda instancia,


Consiguientemente, al haberse concedido indebidamente el recurso de casación contra la resolución de segunda instancia, se establece que el Tribunal ad quem, omitió aplicar el art. 262 inc. 3) del Cód. Pdto. Civ., modificado por el Art. 26 de la Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, incumpliendo de esta manera dichas normas de orden público y cumplimiento obligatorio, circunstancia que hace que el recurso devenga en improcedente