Que, contra el referido auto de vista, el indicado recurrente, interpuso el recurso de nulidad
Recurrida dicha resolución por el demandado, mediante auto de vista Nº 071/02 SSAII de 28 de marzo de 2002 (fs. 19), se confirmó el auto apelado
Que, contra el referido auto de vista, el indicado recurrente, interpuso el recurso de nulidad y casación, solicitando se anule el auto de vista y case el auto definitivo emitido por el Juez a quo, anulando obrados hasta el auto de fs. 57 del expediente original, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, en ejecución de sentencia, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Que, contra el referido auto de vista, el indicado recurrente, interpuso el recurso de nulidad
- En autos, se evidencia que el recurso de casación interpuesto, fue formulado contra el auto
- Se aclara complementariamente a lo anotado, que el Auto Supremo Nº 117 de 20 de
- Consiguientemente, al haberse concedido indebidamente el recurso de casación contra la resolución de segunda instancia,
- Por lo anotado, corresponde dar aplicación a lo previsto en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del abogado, en Bs
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
