Auto Supremo AS/0609/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0609/2007

Fecha: 22-Jun-2007

En autos, se evidencia que el recurso de casación interpuesto, fue formulado contra el auto


CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar el recurso de casación, debe recordarse, que conforme establece el art. 255 del Cód. Pdto. Civ., sólo procede el recurso de casación contra los autos de vista que resolvieren, en apelación, las sentencias definitivas en los procesos ordinarios y sumarios, los que resolvieren una declinatoria de jurisdicción, decidieren una excepción de incompetencia o anularen el proceso. Igualmente procede dicho recurso, contra autos de vista referidos a autos interlocutorios que pusieren término al litigio, que declararen haber lugar o no a oír a un litigante condenado en rebeldía y contra las sentencias definitivas pronunciadas, en primera instancia, por las Cortes Superiores de Distrito.

En autos, se evidencia que el recurso de casación interpuesto, fue formulado contra el auto de vista que, en grado de apelación, en efecto devolutivo, confirma un auto definitivo por el que se determinó la subsistencia del mandamiento de apremio emitido contra el demandado, determinación judicial que no se encuentra incluida dentro de las previsiones del citado art. 255 del cód. Pdto. Civ., aplicable al caso presente, con la permisión de la norma remisiva contenida en el art. 633 del D.R. C.S.S