Auto Supremo AS/0325/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2007

Fecha: 18-Jul-2007

Que, todo acuerdo de voluntades que tiene por objeto constituir, modificar o extinguir entre sí


Que, todo acuerdo de voluntades que tiene por objeto constituir, modificar o extinguir entre sí una relación jurídica, como reza el art. 450 del Código Civil, recibe la denominación jurídica de "contrato" y en tal calidad, debe necesariamente cumplir con los requisitos previstos en el art. 452 del igual cuerpo legal. Entre ellos, el consentimiento, requisito articulador de la voluntad de las partes en constituir una relación jurídica, de ahí la importancia que en su otorgación, éste se halle libre de error, violencia o dolo, pues de concurrir una de estas circunstancias, a decir del art. 473 del Código Civil, no es válido