Resolución de vista que es recurrida en casación en el fondo por el demandado, quien
Resolución de vista que es recurrida en casación en el fondo por el demandado, quien acusa la violación de los arts. 452 incs. 1, 2, 3 y 4), 453, 454-I-II, 455-I y II, 461, 463 I, II y III, 486, 488 y 519 del Código Civil, al haberse considerado en el auto de vista que no se habrían cumplido con los requisitos esenciales del contrato, cuando el acta de garantía suscrita entre partes en la Policía Cantonal de Laja, en su última parte, importa un compromiso de pago sujeta a una condición de conformidad a lo establecido en el Art. 494 del Código Civil, compromiso en el cual se han cumplido con todas las formalidades del contrato y que no se ha cumplido por la demandante
- PARTES : Eleuteria Quispe Vda. de luna c/ Valentín Luna Mamani
- CONSIDERANDO: El Juez 2° de Partido en lo Civil-Comercial de la Ciudad de El Alto,
- Resolución del inferior que apelada por la demandante, motiva se pronuncie el auto de vista
- Resolución de vista que es recurrida en casación en el fondo por el demandado, quien
- Agrega también que se ha violado los arts
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, en función al recurso interpuesto, este Tribunal
- Que, todo acuerdo de voluntades que tiene por objeto constituir, modificar o extinguir entre sí
- Que, a su tiempo, el art
- CONSIDERANDO: Que, en obrados, se ha demostrado que la demandante Eleuteria Quispe Vda
- De ahí que el Tribunal ad quem al revocar la sentencia pronunciada por el a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 18 de julio de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
