Ahora bien, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo
Ahora bien, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificadas en las causales señaladas en el Art. 253 de la citada norma; mientras que para el recurso de casación en la forma, que se funda en los errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, están especificadas en el Art. 254 de la misma norma legal, lo que omite el recurrente
- AUTO SUPREMO Nº 406 - Social Sucre, 18 de julio de 2007
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