Auto Supremo AS/0417/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0417/2007

Fecha: 20-Jul-2007

Regístrese, notifíquese y devuélvase


Omisiones legales y errores procesales en los que incurren los recurrentes, por las que no se abre la competencia del Tribunal para el conocimiento y resolución de los mismos en el fondo.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el Art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, en aplicación del Art. 272-2) del Código de Procedimiento Civil, en desacuerdo con el Dictamen Fiscal de Fs. 246-247, declara IMPROCEDENTES los recursos de casación de Fs. 230 y de Fs. 238 a 239.

Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García.

Regístrese, notifíquese y devuélvase