Auto Supremo AS/0632/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2007

Fecha: 18-Jul-2007

Sin multa por ser excusable


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en los arts. 15 y 60 inc. 1) de la L.O.J., de acuerdo con el dictamen fiscal de fs. 137-138, ANULA obrados hasta fs. 121 vta., inclusive, disponiendo que el Tribunal ad quem, sin espera de turno, resuelva la excusa de fs. 119 vta., o deje sin efecto la convocatoria de fs. 119 y previo sorteo, emita nuevo auto de vista, respecto al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, con la pertinencia de los arts. 190, 192 y 236 del Cód. Pdto. Civ.

Sin multa por ser excusable