Auto Supremo AS/0637/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0637/2007

Fecha: 30-Jul-2007

En efecto, cursa en obrados el Certificado y cédula de identidad No


3) Sin embargo, la entidad aseguradora no consideró que el beneficiario presentó la documentación requerida por el Instructivo para Calificación de renta única, en sujeción al art. 93 del R.C.S.S. (Reglamento del Código de Seguridad Social), en concordancia con el art. 23 y siguientes del Manual de Prestaciones aprobado mediante Resolución Secretarial No. 10.0.0.087 de 21/07/97; es decir, cumpliendo las exigencias dilatorias y burocráticas de la entidad recurrente.

En efecto, cursa en obrados el Certificado y cédula de identidad No. 2055730 expedido en La Paz a fs. 32-33, certificado de nacimiento a fs. 346, certificado de matrimonio a fs. 40, certificado de afiliación y baja al Seguro Social de Caminos y R.A. con la Matrícula No. 46-0818-APW de fs. 23-24, certificado de bautismo a fs. 52, certificado de la Libreta del Servicio Militar a fs. 80, además los certificados de nacimiento de sus hijos de fs. 30-31; con los cuales se acreditó de manera incuestionable que Walter Andic Poma, nació el 18 de agosto de 1946 y no el año 1947; todos estos documentos merecen la fe probatoria que les asigna los arts. 1289, 1296 y 1534 I del Código Civil, concordantes con los arts. 399 I y 400 del Cód. Pdto. Civil