CONSIDERANDO: que en el mencionado proceso, Filomena Fernández Pacheco interpuso recurso de apelación restringida contra
CONSIDERANDO: que en el mencionado proceso, Filomena Fernández Pacheco interpuso recurso de apelación restringida contra la sentencia que resolvió la causa en primera instancia, con referencia al cual la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declarando procedente ese recurso, anuló el juicio oral y la sentencia apelada con el argumento de no ser razonable una acusación simultánea por autoría y por instigación respecto a un mismo delito, en mérito a lo cual ordenó el envío del proceso al Tribunal de Sentencia siguiente en número a fin de que éste actúe de conformidad a las observaciones contenidas en dicho Auto de Vista
- Tráfico Ss.Cc
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 203 a 215) interpuesto por Jaquelin Marizol Ponce Brañez,
- CONSIDERANDO: que en el mencionado proceso, Filomena Fernández Pacheco interpuso recurso de apelación restringida contra
- Que contra ese Auto de Vista recurrió la Fiscal Jaquelin Marizol Ponce Brañez, explicando que
- Que en calidad de apoyo de su petitorio, la Fiscal recurrente presentó como precedentes contradictorios
- Que un segundo argumento expuesto por la Fiscal recurrente como fundamento de su petitorio consistió
- Que otros argumentos adicionales expuestos por la Fiscal recurrente como sustento de su posición, consistieron
- Que como precedente contradictorio sobre el tema de incompetencia invocó lo dispuesto por el Auto
- Que la Fiscal recurrente interpuso el recurso de casación que es caso de autos en
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a
- Regístrese y hágase saber
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
