Que un segundo argumento expuesto por la Fiscal recurrente como fundamento de su petitorio consistió
Que un segundo argumento expuesto por la Fiscal recurrente como fundamento de su petitorio consistió en señalar que el Tribunal de Alzada, al exigir rectificación del pliego acusatorio con fines de aclaración del tipo penal aplicable en relación a la participación de cada imputado en los hechos considerados delictivos, desconoció la atribución que tiene el Tribunal de Sentencia de modificar el tipo penal señalado cuando los hechos denunciados corresponden a un mismo tipo de delitos, contraviniendo así la doctrina expuesta en el Auto Supremo número 108/2005 de 31 de marzo de 2005
- Tráfico Ss.Cc
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 203 a 215) interpuesto por Jaquelin Marizol Ponce Brañez,
- CONSIDERANDO: que en el mencionado proceso, Filomena Fernández Pacheco interpuso recurso de apelación restringida contra
- Que contra ese Auto de Vista recurrió la Fiscal Jaquelin Marizol Ponce Brañez, explicando que
- Que en calidad de apoyo de su petitorio, la Fiscal recurrente presentó como precedentes contradictorios
- Que un segundo argumento expuesto por la Fiscal recurrente como fundamento de su petitorio consistió
- Que otros argumentos adicionales expuestos por la Fiscal recurrente como sustento de su posición, consistieron
- Que como precedente contradictorio sobre el tema de incompetencia invocó lo dispuesto por el Auto
- Que la Fiscal recurrente interpuso el recurso de casación que es caso de autos en
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a
- Regístrese y hágase saber
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
