Que como precedente contradictorio sobre el tema de incompetencia invocó lo dispuesto por el Auto
Que como precedente contradictorio sobre el tema de incompetencia invocó lo dispuesto por el Auto Supremo número 409/2003 de 19 de agosto de 2003 y, como precedentes contradictorios de la no adecuación a los puntos resueltos por el Tribunal de Sentencia, invocó las disposiciones contenidas en el Auto Supremo número 413/2005 de 15 de octubre de 2005 y en el Auto Supremo número 417/2003 de 19 de agosto de 2003
- Tráfico Ss.Cc
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 203 a 215) interpuesto por Jaquelin Marizol Ponce Brañez,
- CONSIDERANDO: que en el mencionado proceso, Filomena Fernández Pacheco interpuso recurso de apelación restringida contra
- Que contra ese Auto de Vista recurrió la Fiscal Jaquelin Marizol Ponce Brañez, explicando que
- Que en calidad de apoyo de su petitorio, la Fiscal recurrente presentó como precedentes contradictorios
- Que un segundo argumento expuesto por la Fiscal recurrente como fundamento de su petitorio consistió
- Que otros argumentos adicionales expuestos por la Fiscal recurrente como sustento de su posición, consistieron
- Que como precedente contradictorio sobre el tema de incompetencia invocó lo dispuesto por el Auto
- Que la Fiscal recurrente interpuso el recurso de casación que es caso de autos en
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a
- Regístrese y hágase saber
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
