POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejerció de
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejerció de la atribución a que hace referencia el artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Félix Servando Ferrari Artunduaga contra el Auto de Vista número 37/2006 emitido el 17 de julio de 2006 por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Félix Servando Ferrari Artunduaga (fojas 441 a 446
- CONSIDERANDO: que el Auto de Vista de referencia, en fase de conocimiento de un recurso
- Que el recurrente impugnó el mencionado Auto de Vista señalando, como primer fundamento de dicha
- Que expuso como segundo fundamento una afirmación según la cual fue juzgado por un hecho
- CONSIDERANDO: que en cuanto al primer argumento expuesto como base de la impugnación que es
- Que revisado el expediente acerca de ese punto se pudo apreciar que a fojas 350
- Que la afirmación que hizo el recurrente en calidad de segundo argumento, sosteniendo que su
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejerció de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
