Que la afirmación que hizo el recurrente en calidad de segundo argumento, sosteniendo que su
Que la afirmación que hizo el recurrente en calidad de segundo argumento, sosteniendo que su conducta fue erróneamente calificada como un acto de abigeato pese a no concurrir en ella ninguno de los elementos constitutivos de ese tipo de delito, no desvirtúa las apreciaciones del Tribunal de Sentencia ni del Tribunal de Alzada que se basaron en pruebas debidamente valoradas, siendo por ello inexistente la contradicción anotada por el recurrente
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Félix Servando Ferrari Artunduaga (fojas 441 a 446
- CONSIDERANDO: que el Auto de Vista de referencia, en fase de conocimiento de un recurso
- Que el recurrente impugnó el mencionado Auto de Vista señalando, como primer fundamento de dicha
- Que expuso como segundo fundamento una afirmación según la cual fue juzgado por un hecho
- CONSIDERANDO: que en cuanto al primer argumento expuesto como base de la impugnación que es
- Que revisado el expediente acerca de ese punto se pudo apreciar que a fojas 350
- Que la afirmación que hizo el recurrente en calidad de segundo argumento, sosteniendo que su
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejerció de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
