CONSIDERANDO: que el estudio y contenido del memorial de recurso de casación del procesado Plácido
CONSIDERANDO: que el estudio y contenido del memorial de recurso de casación del procesado Plácido Walter Nina Quispe, en lo principal, menciona que el Juez del Plenario al no existir prueba sobre el delito de violación agravada, ha modificado el tipo penal por el delito de Estupro, conforme a su prudente arbitrio y sana crítica, de conformidad a lo previsto por el artículo 135 del Código de Procedimiento Penal, señalando que el Juez de Primera instancia y el Tribunal de alzada han incurrido en la causal de casación previsto en el numeral 4) del artículo 298 del Código de Procedimiento Penal; por lo que interpone recurso de casación o nulidad al amparo del Artículo 296 del Código de Procedimiento Penal, pide conceder el recurso, ante el Tribunal de alzada
- Violación
- CONSIDERANDO: que una vez tramitado el proceso penal, en el Juzgado de Partido en lo
- Que contra la aludida sentencia de fojas 522 a 524 vuelta, Janeth Martha Nina Vargas
- Que contra el decisorio de la Corte Ad quem, resolución Nº 721/03 de fecha 10
- CONSIDERANDO: que el estudio y contenido del memorial de recurso de casación del procesado Plácido
- Que el procesado, acusa infracción a la ley sustantiva, empero, no señala en qué consiste
- CONSIDERANDO: que por su parte Janeth Nina Vargas, en el memorial de recurso aduce que
- Que si bien la demandante acusa infracción al artículo 310 con relación al artículo 308
- CONSIDERANDO: que del estudio de todos los antecedentes que obran en el proceso, y los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
