Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad conferida por el numeral 1) del artículo 59 de la Ley de Organización Judicial, de acuerdo con el requerimiento del representante del Ministerio Público de fojas 587 a 589, declara INFUNDADOS, los recursos de fojas 552 a 553 y 556 a 557 de obrados. Sin costas por ser ambas partes recurrentes
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Violación
- CONSIDERANDO: que una vez tramitado el proceso penal, en el Juzgado de Partido en lo
- Que contra la aludida sentencia de fojas 522 a 524 vuelta, Janeth Martha Nina Vargas
- Que contra el decisorio de la Corte Ad quem, resolución Nº 721/03 de fecha 10
- CONSIDERANDO: que el estudio y contenido del memorial de recurso de casación del procesado Plácido
- Que el procesado, acusa infracción a la ley sustantiva, empero, no señala en qué consiste
- CONSIDERANDO: que por su parte Janeth Nina Vargas, en el memorial de recurso aduce que
- Que si bien la demandante acusa infracción al artículo 310 con relación al artículo 308
- CONSIDERANDO: que del estudio de todos los antecedentes que obran en el proceso, y los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
