Auto Supremo AS/0428/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2007

Fecha: 17-Ago-2007

Consiguientemente, por lo expuesto se concluye que la prueba adjunta al recurso de revisión de


Consiguientemente, por lo expuesto se concluye que la prueba adjunta al recurso de revisión de sentencia que se resuelve, no demuestra primero, que los hechos tenidos como fundamento de la sentencia sean incompatibles con los establecidos en otra sentencia penal ejecutoriada; segundo, que después de la sentencia hayan sobrevenido hechos nuevos, se hayan descubierto hechos preexistentes o que existan elementos que demuestren que el hecho no fue cometido, que el condenado no fue autor o partícipe de la comisión del delito o que el hecho no sea punible; y, tercero, que una sentencia del Tribunal Constitucional tenga efecto derogatorio sobre el tipo o norma penal que fundó la condena, conforme dispone el Art. 421 numeral 1), 4) y 6) del Código de Procedimiento Penal