Que, transcribiendo parcialmente el art
Que, transcribiendo parcialmente el art. 39 inc. a) de la Ley Nº 843 de 20 de mayo de 1986, señala que la mencionada franquicia, procede cuando: los estatutos señalen expresamente que se trata de una entidad sin fines de lucro; que los estatutos dispongan expresamente que la totalidad de los ingresos y el patrimonio se destine a sus fines; que los estatutos indiquen expresamente que en ningún caso los ingresos se distribuyan directa o indirectamente entre los asociados y que en caso de liquidación, su patrimonio se distribuya entre entidades de igual objeto, para concluir, en interpretación aislada del Capítulo Octavo de sus Estatutos, relativo a la Disolución y Liquidación, artículo trigésimo cuarto (fs. 22), que la asociación impetrante, no cumple con tales requisitos, aseveración escueta que no corresponde al texto del indicado artículo, por cuanto no contiene previsión alguna de distribución del patrimonio entre sus asociados en caso de liquidación
- PARTES: Asociación Habitat Para la Humanidad Bolivia c/ Servicio de Impuestos Nacionales La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- Que, contra el mencionado auto de vista, la Administración demandada, al amparo del art
- CONSIDERANDO II
- 2
- Que, transcribiendo parcialmente el art
- 3
- Consiguientemente corresponde resolver el recurso en la forma prevista en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
