CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no, se tiene:
1) De obrados se desprende que, el recurso no cumple a cabalidad con la adecuada técnica jurídica para su interposición, conforme dispone el art. 258 del Cód. Pdto. Civ., toda vez que el recurrente, de manera general, acusó la vulneración de las disposiciones legales citadas en el recurso, sin especificar empero en forma clara, concreta y precisa, en qué consiste dicha infracción o en su caso, de qué manera hubieran incurrido los juzgadores de instancia, respecto a la aplicación indebida o errónea interpretación de la ley
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Juez 2do
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) En efecto, en el auto de vista se realizó correcta apreciación al establecer que
- 3) Finalmente, si bien fue elaborada el acta de infracción el 8 de febrero de
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
