Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0377/2007
Fecha: 17-Sep-2007
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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CONSIDERANDO: Que, el auto de vista de fs
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Resolución de vista que es recurrida en casación en el fondo por el demandante José
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Sostiene que el tribunal ad quem manifiesta que para pedir la resolución del contrato o
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Agrega que el criterio del tribunal ad quem atenta contra sus derechos, porque desde el
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Finalmente agrega que el Juez a quo valoró las pruebas habidas en el proceso y
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CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los antecedentes en función del recurso interpuesto, se tiene
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Que, es preciso dejar en claro que la relación comercial alegada por la empresa demandante,
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Que, esta entidad, para adquirir bienes y servicios, se rige por una norma expresa, la
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En el caso de autos no se ha demostrado el cumplimiento de las normas básicas
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POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Dra. Rosario Canedo Justiniano
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Proveído : Sucre, 17 de septiembre de 2007
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
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