Que, esta entidad, para adquirir bienes y servicios, se rige por una norma expresa, la
Que, esta entidad, para adquirir bienes y servicios, se rige por una norma expresa, la Resolución Suprema N° 216145 de 3 de agosto de 1995 que establece las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y que regula los sub sistemas de contratación, manejo y disposición de Bienes y Servicios que funcionan en forma integrada e interrelacionada con los otros sistemas de administración establecidos por la Ley 1178, para el uso eficaz y eficiente de los recursos de las entidades públicas, como reza el art. 1° de la referida norma legal
- CONSIDERANDO: Que, el auto de vista de fs
- Resolución de vista que es recurrida en casación en el fondo por el demandante José
- Sostiene que el tribunal ad quem manifiesta que para pedir la resolución del contrato o
- Agrega que el criterio del tribunal ad quem atenta contra sus derechos, porque desde el
- Finalmente agrega que el Juez a quo valoró las pruebas habidas en el proceso y
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los antecedentes en función del recurso interpuesto, se tiene
- Que, es preciso dejar en claro que la relación comercial alegada por la empresa demandante,
- Que, esta entidad, para adquirir bienes y servicios, se rige por una norma expresa, la
- En el caso de autos no se ha demostrado el cumplimiento de las normas básicas
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 17 de septiembre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
