Auto de vista de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de
DISTRITO: La Paz
PARTES: Carlos Soria Claros c/ A.R.I.I. - La Paz
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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 74 a 77 interpuesto por Leonardo Chacón Rada en su condición de Director Distrital de la Administración de Impuestos Internos, del auto de vista No. 156/01-SSAII de Fs. 71, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso contencioso tributario seguido por Carlos Soria Claros, impugnando la Resolución Administrativa No. 061/94/UT emitida por la Administración Regional de Impuestos Internos de La Paz; los antecedentes del proceso, las infracciones acusadas, lo alegado por las partes, el dictamen fiscal de Fs 80 a 81, y
CONSIDERANDO I: Que el Tribunal de alzada por auto de vista de Fs. 71, de acuerdo en parte con el dictamen fiscal de Fs. 65-66 confirma la sentencia de Fs. 37-40 con las modificaciones señaladas en los puntos 2 y 3 de esa Resolución dictada por la Sala Segunda del ex Tribunal Fiscal de la Nación, modificando la determinación de obligaciones impositivas del actor, establecidas en la Resolución No. RD/061/94/UT, por los impuestos IVA, IT e IRPE de la Administración Regional de La Paz, como de evasión con multa del 50% del tributo omitido, de acuerdo al detalle que consigna.
Auto de vista de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de Justicia de La Paz que motiva el recurso de casación que se pasa a examinar
- AUTO SUPREMO Nº 449 - Contencioso Trbutario Sucre, 04 de septiembre de 2007
- Auto de vista de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de
- Concluye formalizando la interposición del presente recurso ante la Corte Suprema de Justicia y sea
- Que los informes de los asesores técnicos, recién referidos, son claros y categóricos en su
- En cuanto hace al recurso de casación en la forma, debe tenerse presente que, si
- De donde se concluye no ser evidentes las infracciones acusadas, habiendo por el contrario obrado
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
