Regístrese, notifíquese y devuélvase
Omisiones legales y errores procesales en los que incurre el recurrente, por los que no se abre la competencia del Tribunal para el conocimiento y resolución del mismo en el fondo.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el Art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, en aplicación del Art. 272-2) del Código de Procedimiento Civil, en desacuerdo con el dictamen fiscal de Fs. 68-70, que se pronuncia por la infundación, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de Fs. 61-64.
Relatora: Beatriz Sandoval de Capobianco
Regístrese, notifíquese y devuélvase
- AUTO SUPREMO Nº 460 - Contencioso Tributario Sucre, 05 de septiembre de 2007
- CONSIDERANDO I: Que, la demanda interpuesta a Fs
- En conocimiento de lo anterior, la Jueza de primera instancia, dicta la Resolución No
- Apelada esta Resolución por la administración demandada, a Fs
- A continuación con los títulos de "Violación de las siguientes disposiciones legales" y, más adelante,
- De donde resulta, ser irrelevante el análisis de lo argumentado, en cuanto el recurso ha
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 05 de septiembre de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
