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    Auto Supremo AS/0468/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0468/2007

    Fecha: 24-Sep-2007

    Por lo relacionado, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde resolverlo


    Por lo relacionado, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde resolverlo en la forma prevista en los Arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civ., aplicables al caso de autos con la permisión contenida en el Art. 252 del Cód. Proc. Trab
    • AUTO SUPREMO Nº 468 - Social Sucre, 24 de septiembre de 2007
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
    • Apelada la sentencia por el representante de la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa
    • Esta resolución motivó el recurso de nulidad de Fs
    • Concluye solicitando que la Corte Suprema de Justicia case el auto de vista recurrido y,
    • CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso, corresponde su análisis en base a los antecedentes
    • 2
    • Por lo relacionado, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde resolverlo
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • No se regula honorario profesional de abogado, en razón de no haber sido contestado el
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dr. Jaime Ampuero García
    • Sucre, 24 de septiembre de 2007
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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