Asimismo, pronunciado el auto final de la instrucción el 23 de febrero de 2001 de
Por otro lado, el 12 de septiembre de 2000 a fs. 78vta. se conmina a la imputada a proveer los recaudos de ley para la apelación otorgada contra el auto motivado de 24 de agosto de 2000 que rechaza su solicitud de revocatoria del auto inicial de la instrucción; apelación resuelta a la postre el 3 de octubre de 2000 a fs. 131 y vuelta.
Asimismo, pronunciado el auto final de la instrucción el 23 de febrero de 2001 de fs. 139 a 140, el abogado o los testigos de la imputada, cada uno en su oportunidad, no concurrieron a las audiencias de confesión de 30 de mayo de 2001 de fs. 189 y vuelta, de debates de 29 de agosto de 2001 de fs. 218, 3 de octubre de 2001 de fs. 229, 31 de octubre de 2001 de fs. 235, 8 de enero de 2002 de fs. 248, 20 de febrero de 2002 de fs. 254, 13 de marzo de 2002 de fs. 258 y vuelta, 3 de abril de 2002 de fs. 264, 14 de mayo de 2002 de fs. 280 y vuelta, 24 de julio de 2002 de fs. 340 y vuelta, y 14 de agosto de 2002 de fs. 347 a 348; promoviendo, la suspensión de dichas audiencias
- AUTO SUPREMO: Nº 473 Sucre, 27 de septiembre de 2007
- extinción de acción penal)
- A, 27 de septiembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que la solicitud de extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica, constituye
- CONSIDERANDO: Que la imputada Máxima Terán de Robles mediante solicitud de fs
- CONSIDERANDO: Que la competencia del Máximo Tribunal, se encuentra abierta para conocer las solicitudes de
- Del prefacio apuntado, la revisión del cuaderno procesal y en cuanto a la solicitud de
- Que, en cuanto a la conducta de la imputada, se tiene que, dictado el auto
- Asimismo, pronunciado el auto final de la instrucción el 23 de febrero de 2001 de
- Por otro parte, el 11 de marzo de 2002 a fs
- Denotando la inconducta de la imputada a someterse voluntariamente a las fases del proceso, que
- Que, finalmente durante el juicio se recibieron ocho declaraciones testificales de descargo y cinco de
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
