CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda contencioso tributaria, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 148-150, interpuesto por José Cabrera Valencia, en representación de la Cooperativa de Transporte Internacional "Tte. Gral. Germán Busch" Ltda., contra el auto de vista Nº 35 de 1º de febrero de 2003 (fs. 145-146), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso contencioso tributario que sigue el recurrente, contra la Administración Regional de Aduana Santa Cruz, el dictamen fiscal de fs. 159, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda contencioso tributaria, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 8 de 2 de octubre de 2002 (fs. 130-132), declarando improbada la demanda de fs. 23-24, interpuesta por José Cabrera Valencia, en representación de la Cooperativa de Transporte Internacional "Tte. Gral. Germán Busch" Ltda., contra la Administración Regional de Aduana Santa Cruz
- PARTES: La Cooperativa de Transporte Internacional "Tte
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda contencioso tributaria, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación deducida por el representante de la Cooperativa demandante, por auto de
- Que, contra el auto de vista de 1º de febrero de 2003, el demandante, al
- Que, José Cabrera Valencia, en representación de la Cooperativa de Transporte Internacional "Tte
- Que, el Juez de la causa, sin revisar su competencia y mucho menos advertir la
- Que, con el auto de vista recurrido, se confirmó la sentencia de primera instancia, pasando
- Que, en el marco de tales antecedentes, así sea que los Jueces de grado declararon
- Consiguientemente, corresponde enmendar la omisión anotada dando cumplimiento al art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
