Auto Supremo AS/0705/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0705/2007

Fecha: 14-Sep-2007

Que, José Cabrera Valencia, en representación de la Cooperativa de Transporte Internacional "Tte


CONSIDERANDO II: Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art. 15 de la L.O.J., cual es el de revisar de oficio, si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que norman la correcta tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar, en su caso, las sanciones pertinentes o determinar, de oficio, la nulidad de obrados, en aplicación del art. 252 del Cód. Pdto. Civ.; se establece:

Que, José Cabrera Valencia, en representación de la Cooperativa de Transporte Internacional "Tte. Gral. Germán Busch" Ltda., a fs. 23-24 demanda la prescripción de distintas Notas de Cargo, giradas por la Administración Regional de Aduana Santa Cruz en las gestiones de 1991 y 1992, señalando que oportunamente impugnó y descargó las mismas hasta que se dejaron sin efecto por la Administración Aduanera, la que, sin embargo, en franca contravención a disposiciones legales en vigencia se resiste a comunicar este hecho a la Contraloría General de la República, para que deje sin efecto el registro de dichas Notas de Cargo, registro que arbitraria y abusivamente fue dispuesto por la Aduana, desde el año de su emisión