Con referencia a los argumentos de la casación en la forma, éstos resultan ambiguos e
Con referencia a los argumentos de la casación en la forma, éstos resultan ambiguos e injustificados, por cuanto el art. 204 del Cdgo. Pdto. Civil, citado como vulnerado, contrariamente a lo aseverado por los recurrentes, establece en su parágrafo III que el auto de vista se pronunciará dentro el plazo de treinta días y este plazo se computa desde el momento en que se sorteare la causa y no desde el decreto de autos. En el caso de análisis el proceso fue sorteado para resolución en fecha 28 de julio de 2003 (fs. 418 vta.) y el auto recurrido se dictó el 7 de agosto de 2003, vale decir en tiempo hábil, por consiguiente, tampoco es evidente que el vocal relator hubiera perdido competencia
- DISTRITO: Oruro PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, en cumplimiento al Auto de Vista de fs
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- Con estos argumentos, plantean indistintamente recurso de casación en el fondo y en la forma,
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- CONSIDERANDO III: Que, en consecuencia, no es evidente lo denunciado en el recurso de casación
- Con referencia a los argumentos de la casación en la forma, éstos resultan ambiguos e
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
