CONSIDERANDO III: Que, en consecuencia, no es evidente lo denunciado en el recurso de casación
CONSIDERANDO III: Que, en consecuencia, no es evidente lo denunciado en el recurso de casación en el fondo ni pueden considerarse ilegales los informes que se emiten en los procesos judiciales, como erradamente se acusa. En efecto, cuando la apreciación de hechos controvertidos requiere conocimientos especializados en alguna ciencia, arte, industria o técnica, se recurre (en materia civil) a la prueba pericial, de igual manera en esta materia, por la especialidad de la controversia, es imperioso recurrir a la información de expertos, en este caso los asesores técnicos que forman parte del personal designado en cada distrito judicial, quienes con preparación y experiencia en el área, emiten informes técnicos especializados sobre los cuales los juzgadores pueden o no fundar sus decisiones, de tal suerte que dichos informes resultan imprescindibles para la resolución de los conflictos tributarios
- DISTRITO: Oruro PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, en cumplimiento al Auto de Vista de fs
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- Con estos argumentos, plantean indistintamente recurso de casación en el fondo y en la forma,
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- CONSIDERANDO III: Que, en consecuencia, no es evidente lo denunciado en el recurso de casación
- Con referencia a los argumentos de la casación en la forma, éstos resultan ambiguos e
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
