Que con posterioridad a la promulgación de la Ley del Sistema de Regulación Sectorial se
Que con posterioridad a la promulgación de la Ley del Sistema de Regulación Sectorial se fueron creando otras entidades semejantes como la Superintendencia del Servicio Civil (artículo 58 de la Ley 2027 de 27 de octubre de 1999) y la Superintendencia Tributaria (artículo 132 de la Ley 2492 de 2 de agosto de 2003), con funciones de control similares a las del ámbito del Sistema de Regulación Sectorial, cuyas resoluciones, en consecuencia, pueden ser impugnadas mediante el recurso contencioso-administrativo por entidades del sector público vinculadas a su área de servicio
- Que debido a la vigencia de la Ley de 28 de octubre de 1994 que
- Que con posterioridad a la promulgación de la Ley del Sistema de Regulación Sectorial se
- Que ante la posición asumida por la Superintendencia Tributaria General en sentido de que se
- Que en atención al indicado recurso incidental, el Tribunal Constitucional, mediante Sentencia 0090/2006 de 17
- Que correspondiendo en consecuencia reiniciar el indicado trámite, es del caso resolver la excepción previa
- Que para los fines de su pretensión, el impetrante se apersonó presentando el documento que
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Firmado: Sofía L. Fiengo Sotés
