Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0045/2008
Fecha: 19-Ene-2008
DISTRITO: Santa Cruz
DISTRITO: Santa Cruz
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AUTO SUPREMO: Nº 45 Sucre, 19 de enero de 2008
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DISTRITO: Santa Cruz
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Sucre, 19 de enero de 2008
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VISTOS: Las solicitudes de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso formuladas
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Posteriormente, haciendo una relación cronológica de los antecedentes del proceso, señalaron que la etapa investigativa
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Asimismo, denunciaron que la etapa intermedia duró seis meses y dos días, contados desde la
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Agregan, que el juicio oral duró tres meses y diez y siete días debido a
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Respecto de la etapa de los recursos, denuncian que desde la interposición de la apelación
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En definitiva, alegan que el proceso penal duró más de tres años y considerando que
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II
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Del mismo modo, denuncia que la etapa intermedia duró 6 meses y dos días, habiéndose
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Respecto de la fase del juicio oral, denuncia que duró 3 meses y 17 días
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Finalmente, denunció que la etapa de los recursos duró 6 meses y 17 días, estando
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Con estos argumentos, y en base a la prueba adjuntada, solicitó la extinción de la
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CONSIDERANDO: El Ministerio Público a través del requerimiento de fs
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Finalmente, requiere en consideración de lo establecido en la SC 101/2004 de 14 de septiembre
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CONSIDERANDO: Que la extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica, constituye un incidente
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Consiguientemente, del razonamiento esbozado es lógico inferir que no es suficiente considerar el tiempo transcurrido
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CONSIDERANDO: Que, de la revisión integral de los antecedentes que informan a la causa, se
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2) Asimismo, conforme a la jurisprudencia antes mencionada, se debe considerar la conducta desarrollada por
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En esa tarea, se advierte que Ernesto Rojas Arauz, Miguel Ángel Pradel Urgiel y Karen
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Por otro lado, es de destacar en el caso de José Franco Saucedo, que no
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3) En otras consideraciones, es pertinente referirse a lo establecido en el Auto Constitucional No
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En definitiva, del análisis integral del proceso, en base a los parámetros establecidos tanto en
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En consecuencia, de acuerdo con el criterio del representante del Ministerio Público, corresponde desestimar las
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POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
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Regístrese y hágase saber
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Libro Tomas de Razón 1/2008.
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