AUTO SUPREMO Nº 477 - Social Sucre, 02 de octubre de 2008
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Expediente Nº 78/05
AUTO SUPREMO Nº 477 - Social Sucre, 02 de octubre de 2008
Expediente Nº 78/05
AUTO SUPREMO Nº 477 - Social Sucre, 02 de octubre de 2008
- AUTO SUPREMO Nº 477 - Social Sucre, 02 de octubre de 2008
- Apelada la Sentencia por la apoderada legal de la empresa demandada de Fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación y nulidad en el fondo y en la
- CONSIDERANDO II: Que antes de analizar el recurso de casación interpuesto en el caso de
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- Por lo relacionado se concluye que el recurso fue presentado extemporáneamente, al haberlo hecho el
- Consecuentemente, al estar el recurso perjudicado por la inobservancia de normas adjetivas, corresponde aplicar el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 02 de octubre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
