De donde se concluye que tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de
De donde se concluye que tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de apelación, obraron con criterio legal en el conocimiento de la causa y la valoración de la prueba de cargo, sin incurrir en error hecho o de derecho y, en el marco de la ley al reconocer los beneficios demandados al actor, no existiendo en obrados descargo de la demandada con su responsabilidad procesal, conforme a los art. 3-h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, teniendo presente que la literal de fs. 24 y 26 es irrelevante e inatinente por estar referidas a una otra relación laboral y la de fs. 25, no es sino copia de la Resolución Municipal No. 3622/2003 de designación de la Alcaldesa que se apersona en la causa
- AUTO SUPREMO Nº 518 - Social Sucre, 17 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que la Sentencia de fs
- En apelación, interpuesta por la Comuna demandada a fs
- CONSIDERANDO II: Que, a continuación de su interposición a fs
- A continuación cita la Ley No
- Concluye, al respecto, que el actor como servidor público sujeto a la Carrera Administrativa, de
- Alegando, a continuación, no existir obligación de la Comuna con el demandante, en lo que
- Con estos antecedentes pide la concesión del recurso ante la "Respetable" Corte Suprema de Justicia
- CONSIDERANDO III: Que del examen y conocimiento del recurso y de los antecedentes del proceso
- De donde se concluye que tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
