Auto Supremo AS/0542/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0542/2008

Fecha: 23-Oct-2008

Atento a lo anterior, del examen del presente recurso se determina que el mismo está


CONSIDERANDO III: Que, con relación a lo anterior no debe ignorarse que el recurso de casación, es una institución jurídica del Derecho Procesal, instituida como extraordinaria para el resguardo de los derechos y garantías procesales de las partes que, en el conocimiento del proceso, hubieran sido lesionados por los órganos jurisdiccionales de instancia, por violación, errada interpretación o aplicación indebida de ley expresa y terminante; constituyendo como lo ha reconocido la doctrina y la Jurisprudencia una demanda nueva de puro derecho, en la que no corresponde el conocimiento de cuestiones de hecho, si no es en tanto y en cuanto se haya incurrido en ese conocimiento, en infracción de normas procesales de garantía del Debido Proceso como base de la Seguridad Jurídica.

Atento a lo anterior, del examen del presente recurso se determina que el mismo está referido a una relación del proceso, con énfasis en aspectos irrelevantes en la conducta de la actora que, si bien dieron legítimamente margen al apercibimiento, no constituyen causal de despido con pérdida de beneficios y derechos sociales, como se alega enmarcándola, forzadamente, en la previsión de los arts. 16-c) y 9 de la Ley General del Trabajo y su Reglamento, respectivamente; si la presencia del hijo en el trabajo, impertinente por cierto con relación al desempeño de la demandante, no se daba en el proceso industrial de la empresa, sino en la comercialización del producto en un puesto de venta