Auto Supremo AS/0553/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0553/2008

Fecha: 28-Oct-2008

Que, contra el referido auto de vista, la empresa demandada a través de su representante


Que, contra el referido auto de vista, la empresa demandada a través de su representante legal, interpone recurso de casación en el fondo y en la forma (fs. 143-145), expresando como fundamento de fondo que la resolución de alzada ha violado el art. 16 de la C.P.E., por haber dejado en indefensión a la empresa VARIG S.A., condenándola a pagar sumas de dinero que no han sido objeto del litigio, no probadas, provocando un enriquecimiento ilegítimo al demandante, por cuanto, los quinquenios no han sido demandados, violando con ello lo establecido en los arts. 3º inc. j), 4º y 202 inc. c) del Cód. Proc. Trab.; asimismo, el auto de vista vulnera el art. 9º inc. g) del D.R.L.G.T., al determinar como condición previa para su aplicación la existencia de un proceso penal con sentencia ejecutoriada, originando una interpretación errónea y aplicación indebida de los arts. 2º, 3º inc. j), 4º y 67 del Procedimiento laboral; también denuncia el recurrente, error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas de fs. 22-91, que tienen todo el valor probatorio que les otorga los arts. 159, 161 y 163 del Cód. Proc. Trab., por las que consta de manera fehaciente que la demandante ha incurrido en las causales contenidas en los incisos a) y g) del art. 9º del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, concediendo a sus supuestos parientes pasajes aéreos en perjuicio de la empresa, razón por la cual no corresponde el pago de derechos sociales