Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs. 400.-, que mandará hacer efectivo el Tribunal de alzada
- AUTO SUPREMO Nº 553 - Social Sucre, 28 de octubre de 2008
- PARTES: Martha Hurtado de Hurtado c/ Empresa VARIG S.A
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por el representante de la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa
- Que, contra el referido auto de vista, la empresa demandada a través de su representante
- En la forma y con los mismos argumentos denuncia errónea interpretación del inc
- Concluye solicitando que el Tribunal Supremo, case el auto de vista y, deliberando en el
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el fundamento del recurso, corresponde su análisis y consideración en
- Que, revisado el cuaderno procesal, se establece que la relación laboral entre las partes litigantes
- Estando acreditado en autos que el tiempo de prestación de servicios fue de 15 años,
- Ahora bien, la empresa recurrente indica que al haber incurrido la parte actora en las
- Asimismo, corresponde mencionar que la actitud de la Empresa demandada de pretender negar el pago
- En consecuencia, las resoluciones de grado cumplen con los principios de congruencia, motivación y exhaustividad
- Finalmente, este Máximo Tribunal al haber resuelto el fondo de la controversia, no considera necesario
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, conforme
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 28 de octubre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
